martes, 6 de diciembre de 2011

CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ECUADOR


Código de la Niñez y Adolescencia
Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.- Niño o niña es la persona que no ha. cumplido doce años de edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad.
Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.- Es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El Estado y la sociedad formularán y aplicarán políticas públicas sociales y económicas; y destinarán recursos económicos suficientes, en forma estable, permanente y oportuna.
Art. 9.- Función básica de la familia.- La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente.
Corresponde prioritariamente al padre y a la madre, la responsabilidad compartida del respeto, protección y cuidado de los hijos y la promoción, respeto y exigibilidad de sus derechos.
Art. 38 Literal b.- Expresa practicar la paz, respeto a los derechos humanos, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, participación, diálogo y autonomía.
Literal f.- Fortalecer el respeto a sus progenitores y maestros
El Código exige tratar a niños, niñas y adolescentes en forma diferenciadas considerando el género, la interculturalidad y sus grados de desarrollo y madurez.
Art. 64.- Deberes.- Los niños, niñas y adolescentes tienen los deberes generales que la Constitución Política Impone a los ciudadanos, en cuanto sean compatibles con su condición y etapa evolutiva. Están obligados de manera especial a:
1. Respetar a la Patria y sus símbolos;
2. Conocer la realidad del país, cultivar la identidad nacional y respetar su pluriculturalidad; ejercer y defender efectivamente sus derechos y garantías;
3. Respetar los derechos y garantías individuales y colectivas de los demás;
4. Cultivar los valores de respeto, solidaridad, tolerancia, paz, justicia, equidad y democracia;
5. Cumplir sus responsabilidad relativas a la educación;
6. Actuar con honestidad y responsabilidad en el hogar y en todas las etapas del proceso educativo;
7. Respetar a sus progenitores, maestros y más responsables de su cuidado y educación; y,
8. Respetar y contribuir a la preservación del medio ambiente y de los recursos naturales.
Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes.- Los niños y niñas están exentos de responsabilidad jurídica. Por sus hechos y actos dañosos, responderán civilmente sus progenitores o guardadores en los casos y formas previstos en el Código Civil.
Los adolescentes son responsables por sus actos jurídicos y hechos ilícitos, en los términos de este Código. . Su responsabilidad civil por los actos o contratos que celebren se hará efectiva sobre su peculio profesional o industrial o sobre los bienes de la asociación que representen de acuerdo con lo prevenido en el artículo anterior, según sea el caso.
Art. 103.- Deberes fundamentales de los hijos e hijas.- Los hijos e hijas deben:
1. Mantener un comportamiento responsable y respetuoso que facilite a sus progenitores el adecuado cumplimiento de sus deberes;
2. Asistir, de acuerdo a su edad y capacidad, a sus progenitores que requieran de ayuda, especialmente en caso de enfermedad, durante la tercera edad y cuando adolezcan de una discapacidad que no les permita valerse por sí mismos; y,
3. Colaborar en las tareas del hogar, de acuerdo a su edad y desarrollo, siempre que no interfieran con sus actividades educativas y desarrollo integral.
No deben abandonar el hogar de sus progenitores o responsables de su cuidado, o el que éstos les hubiesen asignado, sin autorización de aquellos. De producirse el abandono del hogar, el Juez investigará el caso y luego de oír al niño, niña o adolescente, dispondrá la reinserción en el hogar u otra medida de protección si aquella no es posible o aparece inconveniente.

LA POBREZA


Trabajo infantil y pobreza
Generalmente se hace referencia a la doble relación de causalidad entre trabajo infantil y pobreza. Por una parte, el trabajo infantil lo realizan principalmente niños, niñas y adolescentes pertenecientes a hogares en situación de pobreza: la pobreza como determinante del trabajo infantil; pero por otra parte, el trabajo infantil limita las posibilidades de un pleno desarrollo de los niños, niñas y adolescentes que lo practican, condenándolos a mantenerse en la situación de pobreza original: la pobreza como consecuencia del trabajo infantil. Tradicionalmente, la pobreza se ha caracterizado a partir de su dimensión más conocida: la ‘privación’, es decir, la insatisfacción de las necesidades básicas materiales de las personas.

CAUSAS Y EFECTOS DEL TRABAJO INFANTIL


Causas del trabajo infantil
El trabajo infantil es una triste realidad en el mundo con múltiples causas y consecuencias.

Entre las causas, se destacan principalmente la pobreza, la violencia intrafamiliar, los patrones culturales, la permisividad social, la falta de oportunidades y la falta de cobertura, calidad y cumplimiento de la obligatoriedad de la educación.

Efectos del trabajo infantil
Para las niñas y niños que participan en actividades económicas, en su mayoría pertenecientes a hogares de bajo nivel socioeconómico, se ha comprobado, entre otros aspectos estudiados, que presentan grandes brechas en su asistencia escolar en comparación con las niñas y niños que no participan en esas actividades, así como bajo rendimiento y éxito escolar.

A largo plazo, las principales consecuencias del trabajo infantil confluyen en que quienes lo realizaron se mantengan en situación de pobreza. Es decir, el trabajo infantil como factor de perpetuación de la pobreza.

INDICES ESTADISTICOS

GRAFICO DE PAÍSES DE AMÉRICA LATINA TRABAJO INFANTIL POR PAÍSES Y EDADES AÑO 2010

TRABAJO INFANTIL ECUADOR

DERECHOS DE LOS NIÑOS

DERECHOS DE LOS NIÑOS

CAPITAL HUMANO: TRABAJO INFANTIL